Ante las altas temperaturas registradas en el centro-sur del país y la propagación de incendios forestales, la Dirección del Trabajo (DT) emitió un pronunciamiento que establece las herramientas legales de protección para los trabajadores y trabajadoras en situaciones de emergencia.
El documento aborda tres ejes principales: resguardo de la vida y salud, garantía de remuneraciones y derechos de los voluntarios de bomberos, subrayando que los empleadores deben implementar medidas preventivas y garantizar condiciones seguras, especialmente cuando se desarrollan actividades en zonas de alto riesgo.
Al respecto, el director nacional del Trabajo, Sergio Santibáñez, señaló que “hacemos un llamado a todos los empleadores, particularmente a los del sector agrícola, en el contexto de estas altas temperaturas y los posibles incendios que pudieran poner en riesgo a los trabajadores y trabajadoras, a que adopten la medida adecuada, que es la suspensión de labores. Esta es una obligación ante riesgo inminente y la Dirección del Trabajo está atenta a recibir las denuncias de trabajadores y trabajadoras en www.dt.gob.cl”.
El Ordinario, publicado el sábado 8 de febrero, establece que si la autoridad competente ordena la evacuación de los lugares de trabajo debido a una emergencia, el empleador deberá suspender de inmediato las actividades y evacuar al personal. Las labores solo podrán reanudarse cuando se aseguren condiciones seguras y adecuadas para continuar con los servicios.
Además, se indica que si existe un riesgo para la vida o salud de los trabajadores que no se pueda eliminar o reducir, y el empleador no ha suspendido las actividades ni evacuado, los trabajadores tienen el derecho de detener su trabajo y, si es necesario, abandonar el lugar. En estos casos, deben informar de inmediato a su empleador, quien debe comunicarlo a la Inspección del Trabajo correspondiente.