SANTIAGO.- El Juzgado de Garantía Pozo Almonte condenó y expulsó a los nueve bolivianos detenidos en Chile y acusados de contrabando, robo con violencia y porte ilegal de armas, tras la audiencia de lectura de sentencia de juicio abreviado que se desarrolló este miércoles.
La jueza Isabel Peña dio por acreditados los delitos de robo con violencia y contrabando para los siete funcionarios de la Aduana del país vecino, y el de porte ilegal de armas para los dos militares que los acompañaban.
La expulsión debe materializarse dentro de los próximos 30 días, según estableció el tribunal de la nortina ciudad y una vez que la sentencia quede ejecutoriada y se pague la multa impuesta de $32 millones. Mientras, permanecerán en prisión preventiva en el centro de cumplimiento penitenciario de Alto Hospicio.
De este modo, por contrabando y robo con violencia fueron sentenciados los funcionarios de Aduanas David Quenallata Laurel, Carl Guachalla Rada, Juan José Tórrez Gonzáles, Ediberto Flores Mamani, Arsenio Choque Gonzáles, Brian Quenallata Mendez y Diego Guzmán; y los absolvió del porte ilegal de armas.
Éstos, además, deberán pagar una multa de poco más de $32 millones, monto equivalente a la mercancía que contrabandearon. Y no podrán ingresar el país en los próximos 10 años.
Mientras que al capitán Carlos Calle Soliz y al suboficial Alex Carvajal Uchani del Ejército boliviano los declaró culpables además del delito de porte ilegal de arma de fuego. Ambos, no podrán ingresar a Chile en 20 años.
De este modo, el tribunal acogió las penas que solicitaba la Fiscalía para los nueve imputados de 3 años y un día por cada delito, salvo por el de contrabando, pues se acogió la multa.
Los argumentos de la jueza
"No queda duda de que no querían entregar la mercadería", dijo la magistrada para explicar el delito de robo, pues afirmó que para que lo hicieran debieron ser emplazados por Carabineros que llegaron al enterarse del incidente en suelo chileno, como también concluyó el tribunal.
Asimismo, estableció que los acusados de contrabando tenían "ánimo de lucro" con la mercadería, y no lo relacionado con la labor propia de Aduanas.
Y la violencia quedó acreditada, añadió, por el informe médico de las víctimas que sufrieron "maltrato de obra y golpes" de parte de los bolivianos formalizados.
Respecto del delito de contrabando, tras leer la literatura judicial sobre éste y lo relativo a fronteras aduaneras, la magistrada dijo que el único paso habilitado para el cruce de mercancías es Colchane, y que a 42 kilómetros al sur existe otro no habilitado.
"Ha quedado suficientemente acreditado que los imputados han ingresado por ese paso no habilitado por lo que no puede ser desconocido, ya que los imputados, y lo dijo la defensa, tenían equipos satelitales", señaló.
Ademas dijo que como funcionarios de Aduanas conocían la existencia de este paso no habilitado, "por donde ingresaron a territorio chileno".
"La tesis de desconocimiento de lugar donde estaban carecen de fundamento", sentenció, lo que "no exime ni minimiza su responsabilidad. Más aún la agrava porque como funcionario público se espera una conducta proba".
Finalmente en cuanto al porte ilegal de arma de fuego, la jueza Peña manifestó que sólo dos imputados, los militares, pueden ser declarados culpables de este delito. Esto debido a que la legislación solo faculta el uso de armas a efectivos de las Fuerzas Armadas y de Orden
"Los imputados no tiene derecho a usar armas en Chile. Por lo que la tesis de la defensa en orden a que no sabían que estaban en territorio chileno, no será acogida", expresó la magistrada, quien en varias oportunidades bebió del agua dispuesta en su estrado.
En cuanto a los tres delitos que imputa el Ministerio Público, ha quedado suficientemente establecida la participación de los militares en todos los delitos imputados, donde tuvieron "participación inmediata y directa".
"Respecto de los demás imputados, el tribunal establece la existencia de robo con violencia e intimidación y contrabando, y los excluye del porte ilegal de armas", completó.