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Supuesta obligación de negociar una salida al Pacífico: Lo que decidirán los jueces de la CIJ el 1 de octubre

Pese a la expectativa que ha generado el resultado del juicio en Bolivia, el tribunal abordará en su fallo si es que Chile debe sentarse a conversar o no con el país vecino sobre su demanda marítima, sin predeterminar el resultado de ese diálogo.

12 de Septiembre de 2018 | 16:23 | Por Felipe Vargas Morales, Emol
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La Corte Internacional de Justicia ya definió que no se pronunciará sobre la soberanía del territorio de Chile.

Aton.
SANTIAGO.- El próximo lunes 1 de octubre, a las 15:00 horas de Holanda (10:00 horas en Chile), el presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, el somalí Abdulqawi Ahmed Yusuf, iniciará la lectura del fallo sobre el caso denominado "obligación de negociar una salida al Océano Pacífico", presentado por Bolivia en contra de nuestro país.

Será el cierre de un proceso que se inició el 23 de marzo de 2013, cuando el Presidente boliviano, Evo Morales, anunció en el contexto del Día del Mar que su gobierno interpondría la acción judicial en el máximo tribunal de las Naciones Unidas, lo cual se concretó casi un mes después con el ingreso de la aplicación ante la CIJ el 24 de abril de 2013.


En ese documento, Bolivia solicitó a la Corte que declare que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia para alcanzar un acuerdo que le otorgue un acceso soberano al Pacífico; que Chile ha incumplido esa obligación; y que debe cumplir esa obligación de buena fe, formal y prontamente, dentro de un tiempo razonable y en forma efectiva.

Para ello, en la memoria que presentó el 15 de abril de 2014, La Paz expuso que Chile se ha comprometido a lo largo de los años, y en forma obligatoria, a negociar un acceso soberano al mar para ese país a través de diversos acuerdos, prácticas diplomáticas y declaraciones unilaterales de representantes chilenos de alto nivel.

Ante esa posición, Chile presentó el 15 de julio de 2014 una excepción preliminar para solicitar a la CIJ que se declarara incompetente ante esa demanda, ya que a su juicio ésta buscaba intervenir el Tratado de Paz y Amistad de 1904 que fijó los límites entre ambos países, hecho previo al Pacto de Bogotá de 1948, que otorga jurisdicción al tribunal.

Sin embargo, el 24 de septiembre de 2015, el tribunal rechazó dicho recurso interpuesto por Chile, declarándose competente para conocer el asunto, ya que estableció que Bolivia no busca la alteración de ese tratado, sino que solo declarar si Chile está obligado o no a sentarse a conversar con La Paz para negociar un acceso soberano al mar.

Asimismo, subrayó que, en caso de existir dicha obligación, no le corresponde a la Corte predeterminar el resultado de esa negociación, acotando de forma importante la demanda boliviana. Es decir, en dos semanas más, los jueces solo abordarán si Chile debe sentarse o no a conversar con Bolivia, sin tocar entrar en detalles sobre la soberanía de nuestro país.

De hecho, durante los alegatos orales de las excepciones preliminares, realizados entre el 4 y el 8 de mayo de 2015, la delegación boliviana subrayó que el Tratado de 1904 no estaba en discusión, por lo que la Corte definió que el acceso soberano que pidieron puede provenir de una fórmula "creativa", que no sea una cesión territorial.

Los argumentos en discusión


Una vez superada esa fase, el juicio prosiguió su curso el 13 de julio de 2016, cuando Chile presentó su contramemoria en la cual recalcó que nunca ha estado y no está sujeto a una obligación de negociar soberanía para Bolivia, argumentando que la serie de conversaciones que han tenido no producen por sí mismas una obligación legal.

En ese sentido, advirtió que esos diálogos fracasaron por la intransigencia de Bolivia, que siempre quiso revisar el Tratado de 1904, lo que nunca fue aceptado por Chile. Además, indicó que los episodios invocados por La Paz son en realidad intercambios diplomáticos que se explican por procesos políticos de acercamiento entre ambos Estados.


El 21 de marzo de 2017, Bolivia presentó su réplica y seis meses después, el 15 de septiembre del mismo año y antes del vencimiento del plazo con que contaba, Chile presentó su dúplica. El proceso culminó con los alegatos orales, que se desarrollaron entre el 19 y el 28 de marzo de este año.

En esa etapa, el equipo jurídico de Bolivia, detalló las veces en que Chile supuestamente aceptó negociar una salida al mar. Entre ellas, mencionó el Tratado de Transferencia de Territorios de 1895 y diálogos diplomáticos e intercambio de memorándums en 1920, 1926, 1950, 1975 y 1977, resoluciones de la OEA entre 1979 y 1989, y acuerdos de 2000 y 2006.

En respuesta, los abogados chilenos argumentaron que todas esas tratativas fracasaron por el rechazo de Bolivia a las propuestas realizadas por nuestro país, aclarando que nunca constituyeron tratados internacionales, sino que acercamientos políticos y diplomáticos sin obligación legal, con el objetivo de mejorar la salida boliviana al mar sin ceder soberanía.
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