EMOLTV

Corte ordena a Carabineros no disparar balines en eventos pacíficos y limitar uso de lacrimógenas en Concepción

El tribunal de alzada pidió además a la Superintendencia de Medio Ambiente informar sobre los efectos que provoca el uso de agentes químicos en la población.

14 de Noviembre de 2019 | 10:30 | Por T. Cerna, Emol.
imagen
Cedida.
SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó a Carabineros no disparar balines contra manifestantes pacíficos y limitar uso de lacrimógenas en la ciudad, mientras se resuelve el recurso de protección presentado en contra de los policías y el Ministerio del Interior por la aplicación de dichos elementos disuasivos.

La decisión fue tomada por la Primera Sala del tribunal de alzada penquista en fallo dividido, tras acoger a trámite la acción y dictar orden de no innovar.

Con ello se ofició a las instituciones recurridas para que, dentro del territorio jurisdiccional de la Corte "se observe estrictamente el protocolo dispuesto por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública para la situación actual, esto es, abstenerse de utilizar armas letales como balines, respecto de las personas que protestan pacíficamente en marchas o manifestaciones públicas, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten".

Sobre la resolución se refirió el ministro (s) de la Corte, Gonzalo Rojas, quien explicó que "entre las resoluciones que se tomaron por la Corte, una es (...) limitar el uso de estos elementos precisamente a las situaciones que se encuentran contempladas para ello en los protocolos que el ministerio del Interior ya tiene en vigencia".

"Esto es la imposibilidad de aplicar estas armas o elementos cuando se trata de manifestaciones de carácter pacifico, evidentemente porque eso no justifica el empleo de elementos tan contundentes como estos, y permitir su empleo cuando se trata de situaciones violentas o que efectivamente lo ameriten, como ocurre, por ejemplo, cuando ocurren desmanes o las fuerzas de seguridad son directamente atacadas", agregó.

"La imposibilidad de aplicar estas armas o elementos cuando se trata de manifestaciones de carácter pacifico, evidentemente porque eso no justifica el empleo de elementos tan contundentes como estos".

Ministro Gonzalo Rojas
Así también, el tribunal penquista dio un plazo de ocho días a la Superintendencia de Medio Ambiente, para que informe sobre los efectos que provoca el uso de agentes químicos en la población, en el medioambiente y cómo incide en el aumento en la huella de carbono.

La decisión fue adoptada con el voto en contra del abogado integrante Jean Pierre Latsague, "quien estuvo por rechazar la orden de no innovar, aun en la forma limitada como se ha señalado precedentemente, por cuanto, no existen antecedentes suficientes que la justifiquen".

Este no es el primer fallo de alzada que restringe el uso de los elementos disuasivos emitido durante los últimos días. El martes, la Corte de Antofagasta adoptó la misma decisión.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?