Durante la tarde de este lunes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó al cineasta Nicolás López a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, luego de que fuera declarado culpable de dos delitos de abuso sexual consumado, perpetrados entre noviembre y diciembre de 2015.
Con lo anterior, López deberá cumplir sentencia privado de libertad. Sin embargo, la sentencia aún no se encuentra ejecutoriada, por lo que la defensa aún podría impugnar este fallo mediante un recurso de nulidad.
En ese contexto, y considerando que el cineasta se mantuvo durante toda la indagatoria únicamente con arraigo nacional y firma, a solicitud del Ministerio Público se fijó una audiencia para revisar las medidas cautelares, la que se llevará a cabo el próximo viernes, con el fin de analizar la cautelar con que López esperará que se de orden al cumplimiento de sentencia.
"Se condena a Nicolás Javier López Fernández a la pena única de cinco años de un día de presidio en su grado mínimo, por su responsabilidad como autor de dos delitos de abuso sexual", señaló el juez esta jornada.
"Se le impone la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos de derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena", añadió
En tanto, señaló que "por no reunirse los requisitos necesarios, la pena se deberá cumplir efectivamente sin que existan abonos que considerar".
Cabe recordar que López fue declarado culpable el pasado 26 de abril, instancia en la que no lograron ser acreditados los delitos de violación y ultraje a las buenas costumbres, por los cuales también había sido acusado.
"La prueba de cargo fue insuficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, la existencia del tipo penal de violación propuesto por los acusadores", indicó al respecto el juez redactor Fernán Rioseco, en aquella oportunidad.
En ese contexto, el Ministerio Público solicitó la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, en la misma línea que la parte querellante, lo que finalmente fue acogido por el tribunal.