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Más Estado e irrupción de normas identitarias: Los ejes del texto constitucional

Normas sobre medio ambiente, pueblos originarios y de género forman parte central del proyecto que la Convención entregará este lunes al Presidente Gabriel Boric.

01 de Julio de 2022 | 08:33 | Por Alexandra Chechilnitzky, Crónica Constitucional
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Twitter María Elisa Quinteros
"Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico. Se constituye como una república solidaria. Su democracia es inclusiva y paritaria". Así parte el primer artículo de la propuesta de Constitución que este martes, después de 30 votaciones de propuestas de armonización, los convencionales despacharon poniendo fin a su trabajo.

Aunque al cierre de esta edición la secretaría del órgano todavía revisaba el texto antes de su publicación y entrega al Presidente Gabriel Boric el lunes, es posible distinguir aquellos temas clave y que tensionaron hasta el último momento las relaciones entre colectivos de izquierda.

Y ese primer artículo aparece como la primera clave. "Si tuviese que hacer un podio, yo colocaría al ‘Estado social’ con la medalla de oro", dice Domingo Lovera, codirector del Programa de Derecho Público de la U. Diego Portales. Principalmente, explica, porque "tiene impacto en el reconocimiento de derechos".

En la propuesta, el Estado y la institucionalidad pública tendrán roles fundamentales, por ejemplo, en los sistemas nacionales de salud, educación y seguridad social que se crean, donde el rol de privados no aparece explicitado o queda entregado a la ley.

Francisco Zúñiga, abogado constitucionalista y académico de la U. de Chile, coincide y añade que "es un Estado que cumple un rol activo en la economía de la sociedad y en la protección de los derechos".

Magdalena Ortega, investigadora asociada del Centro de Estudios Públicos (CEP) considera también que "crece la noción de ‘Estado empresario’, pasando a incluir la posibilidad de contar incluso con la creación de empresas públicas desde las regiones. También, en materia de la provisión de derechos sociales, podemos ver que en la relación público-privado hay una preeminencia clara de lo estatal".

Para Samuel Tschorne, académico de Derecho de la U. Adolfo Ibáñez "queda bastante claro que la Constitución tiene estilos bien distintos según sea la materia”. Por ejemplo, dice, "se fueron sumando como derechos fundamentales las aspiraciones de distintos grupos". También cree que hay otros ejes fundamentales: "Uno podría reconocer que hay ciertas cosas, como los (artículos sobre) pueblos originarios y una preocupación por el medio ambiente, como nuevos temas que aparecen en varias partes de la Constitución".

Precisamente, la naturaleza —a la cual se le otorgan derechos— es otro de los puntos clave que articulan la propuesta, que también crea una defensoría especial y tribunales ambientales en cada una de las regiones. Además, el tercer capítulo de la propuesta es "Naturaleza y medio ambiente", dándole así mayor protagonismo.

Todo esto se hizo a través de la articulación de los llamados "ecoconstituyentes", quienes desde el inicio abogaron por una "Ecoconstitución" y que lograron instalar esa visión a lo largo de todo el texto constitucional, desde los principios hasta el quehacer de distintos sistemas e instituciones.

Un nuevo sistema político


Otra característica del texto, según Marcela Peredo, profesora e investigadora de Polis, Observatorio Constitucional de la U. de los Andes, es el sistema político diseñado, que describe como "innovador porque no adhiere a ningún sistema político que nosotros conozcamos. No es presidencial ni parlamentario, y esto atraviesa todas las competencias de los demás órganos". Ejemplifica con que "las demandas sociales se canalizan a través del sistema político” y que la Cámara de las Regiones "le rinde cuentas a las Asambleas Regionales".

Para Claudia Sarmiento, profesora de Derecho Constitucional de la U. Alberto Hurtado, el sistema político "mantiene el presidencialismo", pero que se "morigera a partir de la potenciación del Congreso de Diputadas y Diputados". Sin embargo, coincide en que es una interrogante"la relación que tendría con las regiones, "cómo se va a gestar la descentralización del poder, cuántas competencias se van a transferir o no y cuánto va a ser el espacio de crecimiento de las Asambleas Regionales".

Democracia participativa


Mayor participación "otra de las aspiraciones de un grupo de convencionales". Y la propuesta terminó estableciendo plebiscitos regionales y comunales, iniciativa popular de ley, iniciativa de derogación total o parcial de una o más leyes promulgadas, proyectos de reforma constitucional e iniciativa popular para convocar a referéndum para instalar una Asamblea Constituyente y así elaborar una nueva Constitución.

Además, el documento considera referéndums ratificatorios en caso de proyectos de reforma "que alteren sustancialmente" materias como el régimen político, el diseño del Parlamento, los principios y los derechos fundamentales; y el capítulo de reforma y reemplazo de la Constitución, y que no alcancen dos tercios en el Parlamento.

Estos métodos de participación por parte de la ciudadana, para Lovera son una "suerte de tutela ciudadana muy encima de la mesa como nunca antes había estado".

Pueblos originarios


Por su parte, los pueblos originarios —con 17 representantes en la Convención de un total de 154— tendrán sus propios mecanismos de participación ciudadana mediante plebiscitos y referéndums. Y es que el reconocimiento de lo indígena es otro aspecto que forma parte de la columna vertebral de la propuesta. La frase "pueblos y naciones indígenas" aparece mencionada en 23 artículos, la palabra plurinacional está nueve veces —en materias como la composición del Congreso de Diputadas y Diputados, la Cámara de las Regiones y el Consejo de Justicia—, se crean autonomías territoriales indígenas y un artículo permite la restitución de tierras para pueblos originarios incluso mediante expropiación.

"Uno puede afirmar sin duda alguna que la plurinacionalidad afecta en los derechos, en el sistema de justicia y respecto del ejercicio del consentimiento que se ha manifestado para temas que sean relevantes para las personas indígenas", señala Peredo.

Zúñiga explica que la plurinacionalidad significa "una política de reconocimiento constitucional de los pueblos originarios y esa política significa darle la opción de que territorialmente puedan tener un espacio en el Estado, manteniendo la unidad e indivisibilidad del Estado (…). También están los derechos colectivos, es decir, los pueblos indígenas u originarios en cuanto tales tienen derecho a una lengua, a una determinada cultura, a costumbres. Y finalmente, y aquí los derechos colectivos entroncan con las autonomías territoriales indígenas, tienen un derecho al autogobierno".

Igualdad sustantiva


Para Sarmiento, el reconocimiento de los pueblos originarios es parte de un "compromiso con una noción de igualdad", que se traduce en cómo "se estructura el poder a partir del reconocimiento de la paridad como un eje relevante entre quienes participan" y cómo "se reconocen los derechos fundamentales tanto de mujeres, pueblos indígenas, niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad, minorías sexuales y personas mayores. Ese es un elemento interesante, la igualdad sustantiva".

Sobre temáticas feministas, el texto considera diversas propuestas además de la paridad en órganos del Estado: El concepto de "perspectiva de género" aparece cinco veces en la propuesta en elementos como la función jurisdiccional. Además, se establecen derechos sexuales y reproductivos, dentro de los que se garantiza la "interrupción voluntaria del embarazo", cuya reglamentación se derivó a la ley.

Pero Peredo considera que se "canaliza una visión de género muy determinada, que tampoco es el consenso social".

Para lograr la transversalización de género en las distintas comisiones temáticas, 44 constituyentes se articularon y formaron un grupo de WhatsApp para así ingresar una norma única para cada una de las materias, y otro grupo de 26 constituyentes desde donde se trabajaban dichos artículos. El primero: que "todas las mujeres, las niñas, las adolescentes y las personas de las diversidades y disidencias sexuales y de género tienen derecho a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones".

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