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Caso Martín Pradenas: Cómo opera el principio de imparcialidad y los escenarios que se abren

Expertos recalcaron la importancia de la imparcialidad de los jueces que intervienen en un proceso. Padre de Antonia Barra subrayó que, si se repite el juicio "se va a volver a ganar".

26 de Diciembre de 2022 | 13:14 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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La Segunda/ Archivo.
"Necesitamos justicia a la altura de la violencia que se vive", escribió el pasado viernes la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, en su cuenta de Twitter, expresando su molestia por la posible nulidad del juicio contra Martín Pradenas.

Según trascendidos de prensa, la Corte Suprema habría acogido recursos de la defensa de Pradenas para dejar sin efecto el juicio que lo condenó a 20 años de presidio por siete delitos sexuales contra seis víctimas, entre ellas Antonia Barra, esto debido a la supuesta falta de imparcialidad de de uno de los jueces redactores de la sentencia.

El magistrado Leonel Torres Labbé habría aludido al condenado en sus redes sociales, compartiendo publicaciones de otros usuarios que lo tildaban como "maldito violador".

Ante esta situación, el padre de Antonia, Alejandro Barra, consideró que "si hay que repetirlo (el juicio), se va a volver a ganar", agregando que "será una nueva oportunidad para demostrar y reforzar lo que dijimos en el juicio anterior y lograr su condena".

¿Falta de imparcialidad?


Sin abordar los detalle del caso en particular, el director del Departamento de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad de los Andes, Gonzalo García, explicó el término en discusión, señalando que "la imparcialidad es la ausencia de prejuicios o intereses diversos en el juzgador de un caso particular, y constituye un principio constitucional del proceso penal que pretende garantizar no sólo un estándar de legitimación del proceso penal (debido proceso), sino también garantizar Derechos Humanos de los ciudadanos que son perseguidos por el Estado".

Con ello, agregó que "dicho principio se concreta en ciertas reglas que obligan a los jueces llamados a dirimir un conflicto sometido a su conocimiento jurisdiccional a inhabilitarse de juzgar un caso en que se tienen conocimientos previos, prejuicios sobre la causa o animadversión sobre la persona del acusado o intereses sobre el objeto".

Asimismo, apuntó que "en caso de haber incumplido dicho deber y/o se hayan desarrollado comportamientos que pongan en duda dicha imparcialidad, sin necesidad de que estos sean efectivos (más sólo que sean ostensibles e idóneos potencialmente), por su idoneidad para afectar derechos del ciudadano y lesionar la confianza en la imparcialidad de la administración de justicia, corresponde la nulidad del juicio".

Los escenarios que se abren


El académico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y coordinador del Centro de Educación Ciudadana de la Universidad San Sebastián, Alejandro Gómez, complementó que si bien no se conoce el fallo aún de la Corte Suprema, "si alguno de los jueces que integró el Tribunal Oral en lo Penal que lo condenó (a Pradenas), hizo alguno de estos comentarios mientras conocía el fallo o el caso, por supuesto que podría haber ahí una afectación a una garantía constitucional que es el debido proceso".

Ante esto, el abogado indicó que "por lo que ha trascendido esta posible falta de imparcialidad de uno de los tres jueces que integró el tribunal y lo condenó en este primer juicio a Martín Pradenas, estaría siendo afectada. En ese caso, nuestro sistema procesal penal establece este recurso de nulidad que es bien excepcional y establece solamente dos causales, una de ellas es la infracción a una garantía constitucional y la otra tiene que ver con una errónea aplicación del derecho y que esto haya influido con la sentencia".

"Si la Corte Suprema establece que esta falta de imparcialidad afectó el debido proceso, que es una garantía constitucional y que no pueda ser reparado por otra vía que la anulación del juicio total o parcial, porque esa es otra cosa que está por verse (...) podría ser en grados diferentes esta nulidad y eso está por verse", precisó Gómez.

De este modo, precisó que "dependiendo lo que diga la Corte y lo que anule, se podría revisar el caso de nuevo, podría establecerse una sanción totalmente distinta que podría ser mayor o menor" a la entregada antes.

El ex fiscal y profesor de la Clínica Jurídica Penal de la Universidad Finis Terrae, Ignacio Pinto, consideró que "si es que hay un juez que posteriormente al juicio emitió alguna opinión o se compromete en algún sentido su juicio, puede parecer que fue poco imparcial durante el juicio, por lo tanto, podría establecer una causal de falta de imparcialidad, pues evidentemente los jueces tienen que ser parciales al momento de resolver y esto demostraría que no lo fue durante el curso del juicio".

"Entonces es razonable esa argumentación, pero llama la atención de que se conozca el fallo antes de que salga, es algo bien poco regular", acotó. Al mismo tiempo, recordó que "una de las reglas más básicas del debido proceso es que exista un juez que sea imparcial".

Pinto coincidió en que ante esto se podría "anular el juicio y se tienen que hacer un nuevo juicio y lo que podría ocurrir es o que lo absuelvan o que lo condenen. Y si lo condenan, lo hacen por más pena, lo pueden condenar a menos pena o a la misma pena".

En entrevista con EmolTV, la académica del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo y ex presidenta del TC, Marisol Peña, opinó que "evidentemente las declaraciones que ha efectuado el juez a través de redes sociales son tremendamente imprudentes y sí creo que si vamos a analizar las declaraciones del juez, afectan lo que se denomina su independencia interna".

"Si estamos hablando de independencia interna, es la actitud con la que se coloca el juez frente a un proceso. Entonces el juez debe evitar, absolutamente, durante el tiempo en que el proceso se encuentra pendiente, a lo menos, y en el que él es parte comprometida, es uno de los actores básicos comprometidos, de emitir evidentemente cualquier juicio, ya sea en favor de la culpabilidad o de la inocencia de la persona, cuya situación se está revisando", aseveró Peña.

Sobre las críticas de la ministra Orellana, Peña comentó que "yo en principio soy contraria, quiero decirlo en forma muy clara y categórica, a transformar cualquier asunto público en un tema de género", afirmando de paso que "ella está anticipando un eventual pronunciamiento, en este caso de la Corte Suprema, y que ojalá 'esta vez sí que se haga justicia para las mujeres'. Yo creo que no debemos influir en los tribunales de justicia".
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