SANTIAGO.- El titular del Décimo Juzgado del Crimen de Santiago, Juan Antonio Poblete Méndez, condenó al periodista Carlos Pinto Sepúlveda por injurias graves emitidas en un capítulo del programa de TVN "El día menos pensado", emitido el año 2000.
El magistrado determinó sancionar al periodista con la pena de 300 días de presidio remitido y, según informó el departamento de Comunicaciones del Poder Judicial, al pago de una multa de 30 UTM -equivalentes a $ 1.129.560-, por injurias en contra de Alejo Véliz Palma, quien en ese entonces era contratista de Codelco.
Al final de una recreación del capítulo emitido el 15 de junio de 2000, Carlos Pinto le pregunta a la médium Susan Velischko si recuerda el nombre del sujeto que vio en un sueño asesinar a una mujer, y ella alcanza a responder Alejo, justo antes de que un pito censure el apellido.
"Partiendo de la base que el programa emitido, se hizo en base a una investigación periodística supuestamente seria, todos los antecedentes dados a conocer en dicho programa (en los que se detallan cinco datos), el encausado no pudo menos que representarse el hecho que el sujeto de la historia sería fácilmente reconocido, sobre todo, en atención a que se trata de una persona ampliamente conocida en las ciudades en las que se desarrolla la historia", dice el fallo.
Además, afirma que Carlos Pinto, "sin haber tenido ningún antecedente serio y real, imputó en forma muy poco responsable, la comisión de dos crímenes al querellante, no siendo suficiente excusa el que se trate solamente de un fenómeno paranormal".
De acuerdo con lo estipulado en el fallo "este argumento precisamente denota una mayor irresponsabilidad en la emisión de dicho programa, ya que, sin asidero alguno, se imputan hechos delictuales, basado en una simple visión de una persona que supuestamente tiene habilidades paranormales y contradiciendo los antecedentes asentados en el proceso judicial respectivo, que en su oportunidad, se llevó sobre la muerte de la cónyuge del querellante".
La sentencia, además, rechazó la demanda presentada en contra de la productora Geimagen Limitada, la que realiza el mencionado programa.