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¿Qué gana o pierde el Sindicato de Escondida al recurrir al artículo 369 del Código del Trabajo?

La organización de trabajadores informó que todas las asambleas autorizaron la aplicación de esta facultad el cual podría permitir poner término a la negociación colectiva y a la huelga que hoy cumplió 41 días.

21 de Marzo de 2017 | 18:25 | Por Fernanda Villalobos Díaz, Emol
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EFE
SANTIAGO.- El sindicato de trabajadores de Escondida indicó que en las múltiples convocatorias que han tenido durante estos 41 días de huelga, autorizaron la aplicación de la facultad prevista en el artículo 369 del Código del Trabajo que permite poner término a la negociación colectiva y forzar un nuevo contrato por 18 meses, pero con las mismas normativas que éste estipula.

"Con esta madura decisión los trabajadores entienden que más relevante que un bono de término es mantener las actuales condiciones, demostrando así que esta huelga jamás ha tenido por motivo la discusión de un bono de término, como se ha intentado mostrar por informaciones interesadas y afines al empresariado, sino que la defensa de los beneficios alcanzados", sostuvo la organización en una declaración pública.

Este martes la huelga cumplió 41 días y pese a que las conversaciones continúan en punto muerto, ayer ambas partes se reunieron en Antofagasta, pero con una condición del sindicato: sería "exclusivamente" para discutir las tres materias que mantiene BHP Billiton, "que han impedido destrabar la negociación".

Todo esto, luego de que los trabajadores rechazaran la última oferta de la compañía anglo australiana de entregar un bono por término de conflicto de $11,5 millones.

El artículo 369 del Código del Trabajo estipula que hay dos plazos para que se pueda aplicar: 45 días desde que se presentó el proyecto de negociación y más de 60 si no ha habido acuerdo.

Dado esto, el sindicato se encuentra a tiempo de poder requerirlo y la empresa no puede negarse.

La profesora del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Católica, Carmen Domínguez, explica que "lo que hace este código es reconocer una facultad que tiene el sindicato para que durante 18 meses se sigan rigiendo con el contrato colectivo anterior, menos ciertas normativas que tienen que ver con reajustabilidad".

Asimismo, asegura que esto "es una medida de presión" y "una forma de terminar la huelga".

"Es una medida de presión de cierta forma cuando ellos ven que las conversaciones están paralizadas, que no van a obtener lo que están buscando y se aferran a lo que tenían antes", sostiene la académica.

Y agrega: "La gran diferencia es que ahora están negociando con el código actual y en 18 meses más van a negociar con la Ley 20.940 (reforma laboral) y eso implica que se le van a aplicar todos los cambios de esa ley, dentro de ellos, que el reemplazo en huelga está prohibido".

Además, los más de 2.000 trabajadores que aún se encuentran paralizados en Antofagasta no recibirían bono por térmimo de conflicto.

Por su parte, el abogado laboral Raúl Tavolari, apunta que "para la empresa en principio es conveniente, pero la empresa mucho más que eso lo que quiere es fijar condiciones a tres o cuatro años que con la reforma laboral no lo va a poder hacer, entonces podría hacerlo hoy día, pero si el sindicato echa mano de este sistema a 18 meses la empresa sólo va a poder celebrar un convenio que tenga dos años de duración".
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